El estatus jurídico del embrión no implantado. Algunas consideraciones y una aproximación a una tesis intermedia

ícono doctrina

En 2012, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha pronunciado que el embrión no implantado no es persona. La importancia del pronunciamiento de la Corte Interamericana en “Artavia Murillo” es de una relevancia superlativa, pues la Corte es la intérprete última de la Convención, sus conclusiones son directamente aplicables al derecho argentino y al de los países adherentes a la Convención.
El impacto del fallo en relación con la fecundación in vitro ha despertado profundos debates sobre la terminología aplicable.

El presente artículo pretende fundar una visión acerca del estatus del embrión no implantado, partiendo de una inicial distinción entre el comienzo de la vida humana para el ordenamiento jurídico de fondo y el comienzo de la vida, como conceptos sustancialmente diferentes.

Fotografía de María Paula Carril
María Paula Carril.
Abogada (Universidad Católica de Santiago del Estero). Posgrado en Derecho Laboral (con certificación de la Universidad de Buenos Aires). Posgrado en Derecho Penal y Diversidad Cultural (con certificación de la Universidad Nacional de Jujuy). Secretaria de Fiscalía General del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Jujuy.


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