Análisis de la ley provincial sobre el Régimen jurídico
para la tenencia de animales peligrosos Ley n°7633/06.
Razas criminalizadas
Derecho animal, Animales peligrosos.
Un análisis crítico de la ley provincial N° 7633/06 sobre el Régimen jurídico para la tenencia de los mal llamados “perros peligrosos”, la ausencia de reglamentación y aplicación, la necesidad de derogación, la discriminación que conlleva realizar un listado de razas peligrosas y las consecuencias jurídicas y cotidianas que ello implica, tanto para el animal no humano como para el ser humano.
Denis Pizzolatto
Mendoza Legal
Qellqasqa editorial
Septiembre de 2022
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SPA
Texto
Argentina
Notas jurisprudenciales sobre despido discriminatorio
Derecho del Trabajo - Despido Discriminatorio - Ley 23592 -
La ley 23.592 en su artículo primero dispone “quien arbitrariamente impida, destruya, restrinja o de algún modo menoscabe el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, será obligado, a pedido del damnificado, a dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a reparar el daño moral y material ocasionados.
A los efectos del presente artículo se considerarán particularmente los actos u omisiones discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos”.
Recientemente la Corte en el precedente “Caminos” (Fallos: 344:1336) sostuvo que la ley 23.592 enumera como actos discriminatorios algunas motivaciones especialmente prohibidas que, sin embargo, no son taxativas pues, aquellas conductas dirigidas a perseguir a grupos estructural o históricamente excluidos no agotan los supuestos de conductas discriminatorias que sanciona la ley. Señaló así que todo tratamiento arbitrario, que tenga por objeto o por resultado, impedir, obstruir o restringir o de algún modo menoscabar el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidas por la Constitución Nacional, constituye un acto discriminatorio en los términos del primer párrafo del artículo 1 de la ley citada.
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Secretaria de jurisprudencia Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Agosto 2021
Acceso Abierto
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Jurisprudencia
La Corte revoca el fallo que determinó que el despido de una preceptora no fue discriminatorio
Despido - Sentencia Arbitraria - Discriminación - Garantía de igualdad - Ley 23.592 - CN
Es arbitraria la sentencia que consideró que el despido de quien se desempeñaba como preceptora en un colegio no era discriminatorio, pues el tribunal prescindió de dar respuesta a los agravios de la actora que resultaban conducentes para la solución del litigio y a su vez, al actuar de ese y sostener que el despido se produjo por el incumplimiento de obligaciones laborales a cargo de la trabajadora, el superior tribunal no solo afectó el derecho de defensa de la recurrente sino que convalidó la decisión sobre el fondo del asunto, dejando firme una interpretación de la ley 23.592 que frustra el remedio federal invocado y la garantía de igualdad y no discriminación (14 bis, 16, 17, 43 y 75, inc, 22, Constitución Nacional). -Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
Caminos, Graciela Edith c/ Colegio e Instituto
Nuestra Señora de Loreto s/ despido 10/06/2021
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION.
SAIJ
10/06/2021
Acceso Abierto
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Jurisprudencia
Nacional
Fallos discriminatorios: la “mala madre”
Fallos discriminatorios
Género
Feminismo
Madres
Rol materno
La autora –abogada feminista y madre– busca visualizar la tan común mirada social y jurisdiccional en perjuicio de las mujeres y, en particular, sobre su rol de madres, que es causa de fallos discriminatorios, tanto en el fuero civil como en el penal. Reflexiona sobre el trasfondo de estas sentencias civiles y penales que imponen conductas o sanciones a conductas, basándose en conceptualizaciones estereotipadas y performativas sobre el ejercicio del rol materno, en contraposición al que ejercen los varones.
María Eugenia Moyano
Revista Mendoza Legal
Noviembre de 2020
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ES
Artículo de opinión
Argentina
DISCRIMINACIÓN LABORAL
Discriminación Laboral - Contrato de Trabajo- Despido - Despido sin justa causa
Corresponde declarar la nulidad del despido de la trabajadora de la Anses -jefa de oficina de una UDAI-, por motivos discriminatorios, y condenar a la accionada a abonar, en concepto de daño material, el monto de las remuneraciones que debió percibir entre la fecha del cese y la de la efectiva reincorporación, además de una suma por daño moral, dado que, de las constancias del expediente llevan a presumir que el despido de la actora, en el marco de una decisión masiva, fue por motivaciones políticas, cobrando operatividad la denominada teoría de las cargas probatorias dinámicas y, por consiguiente, la demandada debió acreditar que el despido no tuvo esas connotaciones.
“ALBARRACIN CARLA JESSICA c/ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/JUICIO SUMARÍSIMO
”Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala VIII
Centro de Información Judicial (CIJ) Corte Suprema de Justicia de la Nación
07/07/2020
Acceso libre Información publica
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SPA
Jurisprudencia
http://www.saij.gob.ar/
Nacional