El beneficio de litigar sin gastos y el pacto no honorarios

Título

El beneficio de litigar sin gastos y el pacto no honorarios

Descripción

El actor apeló la decisión que rechazó la concesión del beneficio de litigar sin gastos, toda vez que se convino un pacto de cuota litis con sus abogados del 25% de la indemnización que percibiera.
El incidente, se inició a raíz de la acción por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito, en el que reclamó una suma de dinero. De la prueba aportada, surgía que el actor no poseía bienes de fortuna, trabajaba como mensajero con la motocicleta con la que sufrió el accidente, pero luego denunció que fue sustraída, y se encontraba desempleado.
La Cámara recordó que el art. 6 de la ley 27.423 establece que "los abogados y procuradores podrán celebrar con sus clientes pacto de cuotalitis, por su actividad en uno o más procesos, en todo tipo de casos, con sujeción a las siguientes reglas:…b) No podrá exceder del 30% del resultado del pleito, cualquiera fuese el número de pactos celebrados e independientemente del número de profesionales intervinientes".
Los camaristas destacaron que "la sola existencia de dicho pacto no autoriza a presumir la solvencia patrimonial de quien dispone de un derecho que a esa altura del proceso reviste carácter de eventual". De hecho, "bien puede resultar indicativa de la situación contraria, ya que quien carece de recursos económicos puede haber optado por ceder una parte importante de la indemnización que hubiere de corresponderle, a fin de tener acceso a los servicios profesionales del letrado de su elección".
La Cámara confirmó que entre el beneficio de litigar sin gastos y el pacto no honorarios, no existe incompatibilidad alguna. Ello, "por cuanto la franquicia está prevista a favor de “los que carecieren de recursos” (art. 78 del CPCCN), y el convenio de honorarios consiste en participar en el resultado de éstos.

Autor

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil Sala M

Fuente

Fallo: Incidente N°1 - Actor: A., G. G. Demandado: R., S. J. s/Beneficio de litigar sin gastos

Colaborador

Diario Judicial

Derechos

Información pública

Idioma

SPA

Tipo

Texto

Identificador

https://www.cij.gov.ar/sentencias.html

Archivos

fallo (33).pdf

Citación

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil Sala M, “El beneficio de litigar sin gastos y el pacto no honorarios ,” Colegio de Abogados y Procuradores, consulta 28 de abril de 2024, http://mendozalegal.com/omeka/items/show/1274.

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