Es constitucional la norma que autoriza a negociar convenios colectivos sólo a los sindicatos con personería gremial?
Título
Es constitucional la norma que autoriza a negociar convenios colectivos sólo a los sindicatos con personería gremial?
Descripción
Revoca el fallo de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta que había declarado la inconstitucionalidad del art. 31 de la Ley 23.551, de Asociaciones Sindicales, en cuanto otorga derechos exclusivos a los sindicatos con personería gremial para intervenir en negociaciones colectivas. Refiere que el tribunal declaró la inconstitucionalidad del inc. a) del artículo citado sin advertir que la prerrogativa de los sindicatos con personería gremial se encuentra específica y concretamente en el inc. c) de dicho artículo, sobre el cual el a quo no efectuó ninguna objeción en su pronunciamiento. En consecuencia, entiende que el convenio colectivo aplicable al personal de la Municipalidad de Salta y su resolución homologatoria no merecen reproche alguno en tanto la normativa que reconoce a los sindicatos más representativos una prioridad en la negociación colectiva no resulta constitucionalmente objetable y la misma regla, contenida en el art. 1 de la ley 14.250 de Convenciones Colectivas de Trabajo (texto vigente), mantiene, asimismo, toda su eficacia.
Autor
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuente
ADEMUS y otros c/ Municipalidad de la Ciudad de Salta - y otro s/ amparo sindical.SENTENCIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION
Derechos
Acceso libre
Idioma
SPA
Tipo
Jurisprudencia
Citación
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, “Es constitucional la norma que autoriza a negociar convenios colectivos sólo a los sindicatos con personería gremial?,” Colegio de Abogados y Procuradores, consulta 27 de abril de 2024, http://mendozalegal.com/omeka/items/show/204.