Multa por tener productos vencidos en góndola
Título
Multa por tener productos vencidos en góndola
Materia
Derecho del consumo - Producto vencido - No apto para consumo - Supermercado - Góndola - Ley 24240 -Lealtad comercial
Descripción
La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la multa de $400.000 que impuso la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor (en adelante, Dirección) a la firma Coto Centro Integral de Comercialización S.A., por tener productos, listos en góndola para la venta, no aptos para el consumo, es decir vencidos -infracción prevista y penada por el art. 5º de la Ley 24.240 y sus modificatorias-.
Autor
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal Sala III
Fuente
COTO CICSA c/ DNCI s/DEFENSA DEL CONSUMIDOR - LEY 24240 - ART 45 5399/2020
Editor
CIJ
Fecha
09/09/2020
Derechos
Acceso libre
Formato
PDF
Idioma
SPA
Tipo
Jurisprudencia
Cobertura
Nacional
Citación
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal Sala III, “ Multa por tener productos vencidos en góndola,” Mendoza Legal - Colegio de Abogados y Procuradores 1° Circunscripción Judicial - Mendoza, consulta 30 de mayo de 2026, http://mendozalegal.com/omeka/items/show/207.
