Multa por tener productos vencidos en góndola
Título
Multa por tener productos vencidos en góndola
Descripción
La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la multa de $400.000 que impuso la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor (en adelante, Dirección) a la firma Coto Centro Integral de Comercialización S.A., por tener productos, listos en góndola para la venta, no aptos para el consumo, es decir vencidos -infracción prevista y penada por el art. 5º de la Ley 24.240 y sus modificatorias-.
Autor
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal Sala III
Fuente
COTO CICSA c/ DNCI s/DEFENSA DEL CONSUMIDOR - LEY 24240 - ART 45 5399/2020
Derechos
Acceso libre
Idioma
SPA
Tipo
Jurisprudencia
Citación
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal Sala III, “ Multa por tener productos vencidos en góndola,” Colegio de Abogados y Procuradores, consulta 30 de abril de 2024, http://mendozalegal.com/omeka/items/show/207.