No procede la indemnización reducida del art. 247 LCT
Título
No procede la indemnización reducida del art. 247 LCT
Descripción
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirma la resolución que hizo lugar a la demanda orientada al cobro de indemnizaciones por despido y otros créditos de naturaleza laboral, pues no quedó demostrado el presupuesto fáctico para la procedencia de la indemnización reducida prevista por el art. 247 LCT, pues las vicisitudes del mercado inciden en el riesgo de la empresa, pero no sobre el objeto del contrato de trabajo.
Autor
Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala I
Fuente
Rojas Juan Matías c/ Farji y Compañía S.R.L. s/ despido
Derechos
Acceso Abierto
Idioma
SPA
Tipo
Jurisprudencia
Citación
Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala I, “No procede la indemnización reducida del art. 247 LCT ,” Colegio de Abogados y Procuradores, consulta 20 de abril de 2024, http://mendozalegal.com/omeka/items/show/314.