No procede la indemnización reducida del art. 247 LCT

Título

No procede la indemnización reducida del art. 247 LCT

Descripción

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirma la resolución que hizo lugar a la demanda orientada al cobro de indemnizaciones por despido y otros créditos de naturaleza laboral, pues no quedó demostrado el presupuesto fáctico para la procedencia de la indemnización reducida prevista por el art. 247 LCT, pues las vicisitudes del mercado inciden en el riesgo de la empresa, pero no sobre el objeto del contrato de trabajo.

Autor

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala I

Fuente

Rojas Juan Matías c/ Farji y Compañía S.R.L. s/ despido

Derechos

Acceso Abierto

Idioma

SPA

Tipo

Jurisprudencia

Archivos

Rojas Juan Matías c.pdf

Citación

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala I, “No procede la indemnización reducida del art. 247 LCT ,” Colegio de Abogados y Procuradores, consulta 20 de abril de 2024, http://mendozalegal.com/omeka/items/show/314.

Formatos de Salida