Uso en forma fraudulenta de copia de Documento de Identidad

Título

Uso en forma fraudulenta de copia de Documento de Identidad

Descripción

“-Corresponde anular la resolución de la cámara de apelaciones que, a su vez, declaró la nulidad del dictamen fiscal que había postulado la incompetencia de la justicia en lo criminal de instrucción por lo establecido en el art. 33 inc. d de la ley 17.671 –criterio compartido por el juez de la instancia-, pues al postular que todo caso en que se desconoce el autor del hecho debe ser investigado por el MPF, no advirtió que –en realidad- el fiscal del caso señalaba que la maniobra que se investiga se habría realizado mediante el uso de datos personales y el empleo en forma fraudulenta de una copia del documento de identidad nacional de la denunciante y que por tal motivo, sostuvo la competencia del fuero de excepción, conclusión que no fue compartida por la justicia federal. Al declarar la nulidad del dictamen que postulaba la incompetencia, el quo omitió considerar que precisamente, esta controversia en torno a si los hechos del caso, por su especialidad, debían ser investigados por la justicia de excepción. En otros términos, no está en discusión que la instrucción de un caso que tramita en la justicia ordinaria y cuyo autor es desconocido deba delegarse en el Ministerio Público (regla que también aplica a los casos con autores desconocidos de competencia federal que, salvo en un número acotado de provincias del país, se rigen por el mismo código procesal). Lo que aquí está en discusión es si el presunto uso de una copia del documento de identidad de la denunciante amerita la declinatoria de competencia en favor del fuero federal, tal como lo postuló, en el caso, el fiscal actuante

Autor

N.N. s/ falsificación de documento privado”, CFP 9772/2013/CNC2, Sala 1

Fuente

Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional. sala 1

Derechos

Acceso Abierto

Idioma

SPA

Archivos

CNCCC N° 70-  9772_2013 - Reg. 586_2021.pdf

Citación

N.N. s/ falsificación de documento privado”, CFP 9772/2013/CNC2, Sala 1, “Uso en forma fraudulenta de copia de Documento de Identidad,” Colegio de Abogados y Procuradores, consulta 27 de abril de 2024, http://mendozalegal.com/omeka/items/show/481.

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