Defensa de la Competencia y datos personales: WhatsApp
Título
Defensa de la Competencia y datos personales: WhatsApp
Descripción
La Secretaría de Comercio Interior, perteneciente al Ministerio de Desarrollo Productivo, instruyó a la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia a que inicie una investigación de oficio a los fines de indagar las nuevas condiciones para los usuarios que utilizan la aplicación y los servicios brindados por parte de WHATSAPP INC. y/o sus controlantes. La investigación se originó debido a que se concluyó que podría haber indicios de conducta anticompetitiva de abuso de posición dominante, en los términos de los Artículos 1 y 3 de la Ley N° 27.442 de Defensa de la Competencia
La Secretaria de Comercio Interior dispuso que la Resolución sea publicada en el Boletín Oficial, y comunicada a la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales dependiente de la Agencia de Acceso a la Información Pública y al Ente Nacional de Comunicaciones.
La medida dispuesta por la Secretaria de Comercio Interior entrará en vigencia y tendrá efectos desde su emisión. En lo subsiguiente, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia continuará con la investigación y correrá traslado a las partes involucradas a los fines que brinden las explicaciones que estimen conducentes en conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 27442.
La Secretaria de Comercio Interior dispuso que la Resolución sea publicada en el Boletín Oficial, y comunicada a la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales dependiente de la Agencia de Acceso a la Información Pública y al Ente Nacional de Comunicaciones.
La medida dispuesta por la Secretaria de Comercio Interior entrará en vigencia y tendrá efectos desde su emisión. En lo subsiguiente, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia continuará con la investigación y correrá traslado a las partes involucradas a los fines que brinden las explicaciones que estimen conducentes en conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 27442.
La Secretaria de Comercio Interior dispuso que la Resolución sea publicada en el Boletín Oficial, y comunicada a la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales dependiente de la Agencia de Acceso a la Información Pública y al Ente Nacional de Comunicaciones.
La medida dispuesta por la Secretaria de Comercio Interior entrará en vigencia y tendrá efectos desde su emisión. En lo subsiguiente, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia continuará con la investigación y correrá traslado a las partes involucradas a los fines que brinden las explicaciones que estimen conducentes en conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 27442.
La Secretaria de Comercio Interior dispuso que la Resolución sea publicada en el Boletín Oficial, y comunicada a la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales dependiente de la Agencia de Acceso a la Información Pública y al Ente Nacional de Comunicaciones.
La medida dispuesta por la Secretaria de Comercio Interior entrará en vigencia y tendrá efectos desde su emisión. En lo subsiguiente, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia continuará con la investigación y correrá traslado a las partes involucradas a los fines que brinden las explicaciones que estimen conducentes en conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 27442.
Autor
WHATSAPP INC. S/ INFRACCION LEY
N° 27.442” en trámite por ante esta COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA.
N° 27.442” en trámite por ante esta COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA.
Fuente
Comisión Nacional de Defensa de la competencia Cond 1767 - Dictamen - Medida del artículo 44 de la Ley N.° 27.442
Derechos
Acceso Abierto
Idioma
SPA
Tipo
Dictamen
Citación
WHATSAPP INC. S/ INFRACCION LEY
N° 27.442” en trámite por ante esta COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA.
, “Defensa de la Competencia y datos personales: WhatsApp,” Colegio de Abogados y Procuradores, consulta 2 de mayo de 2024, http://mendozalegal.com/omeka/items/show/490.