Notas jurisprudenciales sobre despido discriminatorio

Título

Notas jurisprudenciales sobre despido discriminatorio

Descripción

La ley 23.592 en su artículo primero dispone “quien arbitrariamente impida, destruya, restrinja o de algún modo menoscabe el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, será obligado, a pedido del damnificado, a dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a reparar el daño moral y material ocasionados.
A los efectos del presente artículo se considerarán particularmente los actos u omisiones discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos”.
Recientemente la Corte en el precedente “Caminos” (Fallos: 344:1336) sostuvo que la ley 23.592 enumera como actos discriminatorios algunas motivaciones especialmente prohibidas que, sin embargo, no son taxativas pues, aquellas conductas dirigidas a perseguir a grupos estructural o históricamente excluidos no agotan los supuestos de conductas discriminatorias que sanciona la ley. Señaló así que todo tratamiento arbitrario, que tenga por objeto o por resultado, impedir, obstruir o restringir o de algún modo menoscabar el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidas por la Constitución Nacional, constituye un acto discriminatorio en los términos del primer párrafo del artículo 1 de la ley citada.

Autor

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Fuente

Secretaria de jurisprudencia Corte Suprema de Justicia de la Nación

Derechos

Acceso Abierto

Idioma

SPA

Tipo

Jurisprudencia

Archivos

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Citación

Corte Suprema de Justicia de la Nación , “Notas jurisprudenciales sobre despido discriminatorio
,” Colegio de Abogados y Procuradores, consulta 29 de marzo de 2024, http://mendozalegal.com/omeka/items/show/559.

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