EL robo en un cajero automático fuera del horario bancario, no constituye un caso fortuito "externo" de la entidad

Título

EL robo en un cajero automático fuera del horario bancario, no constituye un caso fortuito "externo" de la entidad

Materia

Deber de Seguridad - Responsabilidad del Banco -Robo - Cajero Automático - Defensa al consumidor - Daño Punitivo - Ley 24240 - Recurso extraordinario - Inaplicabilidad de ley

Descripción

EL robo en un cajero automático fuera del horario bancario, no constituye un caso fortuito "externo" de la entidad, Existe relación de consumo y, por ende, debe responder el banco por incumplimiento del deber de seguridad (arts. 42 CN y 5 LDC).

Autor

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)

Fuente

SCBA

Editor

JUBA

Fecha

11/8/2020

Derechos

Acceso libre

Formato

PDF

Idioma

SPA

Tipo

Jurisprudencia

Cobertura

Nacional

Archivos

G1.pdf

Citación

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA), “EL robo en un cajero automático fuera del horario bancario, no constituye un caso fortuito "externo" de la entidad,” Mendoza Legal - Colegio de Abogados y Procuradores 1° Circunscripción Judicial - Mendoza, consulta 30 de mayo de 2026, https://mendozalegal.com/omeka/items/show/184.

Formatos de Salida