EL robo en un cajero automático fuera del horario bancario, no constituye un caso fortuito "externo" de la entidad
Título
EL robo en un cajero automático fuera del horario bancario, no constituye un caso fortuito "externo" de la entidad
Materia
Deber de Seguridad - Responsabilidad del Banco -Robo - Cajero Automático - Defensa al consumidor - Daño Punitivo - Ley 24240 - Recurso extraordinario - Inaplicabilidad de ley
Descripción
EL robo en un cajero automático fuera del horario bancario, no constituye un caso fortuito "externo" de la entidad, Existe relación de consumo y, por ende, debe responder el banco por incumplimiento del deber de seguridad (arts. 42 CN y 5 LDC).
Autor
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fuente
SCBA
Editor
JUBA
Fecha
11/8/2020
Derechos
Acceso libre
Formato
PDF
Idioma
SPA
Tipo
Jurisprudencia
Cobertura
Nacional
Citación
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA), “EL robo en un cajero automático fuera del horario bancario, no constituye un caso fortuito "externo" de la entidad,” Mendoza Legal - Colegio de Abogados y Procuradores 1° Circunscripción Judicial - Mendoza, consulta 30 de mayo de 2026, https://mendozalegal.com/omeka/items/show/184.
