Multa por tener productos vencidos en góndola

Título

Multa por tener productos vencidos en góndola

Descripción

La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la multa de $400.000 que impuso la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor (en adelante, Dirección) a la firma Coto Centro Integral de Comercialización S.A., por tener productos, listos en góndola para la venta, no aptos para el consumo, es decir vencidos -infracción prevista y penada por el art. 5º de la Ley 24.240 y sus modificatorias-.

Autor

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal Sala III

Fuente

COTO CICSA c/ DNCI s/DEFENSA DEL CONSUMIDOR - LEY 24240 - ART 45 5399/2020

Editor

CIJ

Fecha

09/09/2020

Derechos

Acceso libre

Formato

PDF

Idioma

SPA

Tipo

Jurisprudencia

Cobertura

Nacional

Archivos

Citación

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal Sala III, “Multa por tener productos vencidos en góndola,” Mendoza Legal - Colegio de Abogados y Procuradores 1° Circunscripción Judicial - Mendoza, consulta 19 de octubre de 2026, https://mendozalegal.com/omeka/items/show/207.

Formatos de Salida