Para el niño, expresar sus opiniones es una opción, no una obligación. Puede no ejercer el derecho a ser oído

Título

Para el niño, expresar sus opiniones es una opción, no una obligación. Puede no ejercer el derecho a ser oído

Materia

Derecho del menor a ser oído - Declaración indagatoria - Allanamiento -

Descripción

La Corte Suprema declaró que no se puede llamar a declaración indagatoria a un adolescente de 15 años. Era el único ocupante de una casa allanada donde había una gran cantidad de droga y un arma. Un juez federal quería indagarlo. La defensora oficial se opuso.
El juez decía que sólo quería garantizarle el derecho de ser oído y que se defienda. La Corte sospecha que en realidad buscaba que el adolescente aportara información sobre el hecho. Dos tribunales intermedios avalaron al juez. La defensa recurrió y ganó. Fundamentos del fallo
No se tuvo en cuenta que el llamado a indagatoria procede cuando hubiere motivo bastante para sospechar que una persona ha participado en un delito, que es un acto de impulso del proceso e interrumpe la prescripción.
No resulta correcto buscar una justificación del acto apelado bajo el ropaje del derecho del menor a ser oído. El trasfondo real del sentido de la decisión resulta ser, en definitiva, la aparente necesidad de que el menor aportase algún dato relevante para la investigación

Autor

H., A. O. s/ infracción ley 23.737 24/06/2021 CSJN

Fuente

Corte Suprema de Justicia de la Noción

Editor

Secretaria de Jurisprudencia. Corte Suprema de Justicia de la Nación

Fecha

24/06/2021

Derechos

Acceso Abierto

Formato

PDF

Idioma

SPA

Tipo

Jurisprudencia

Cobertura

Nacional

Archivos

verdoc.pdf

Citación

H., A. O. s/ infracción ley 23.737 24/06/2021 CSJN, “Para el niño, expresar sus opiniones es una opción, no una obligación. Puede no ejercer el derecho a ser oído,” Mendoza Legal - Colegio de Abogados y Procuradores 1° Circunscripción Judicial - Mendoza, consulta 31 de mayo de 2026, https://mendozalegal.com/omeka/items/show/505.

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