Fallo de Primera Instancia en Mendoza presenta un parámetro objetivo para cuantificar la reparación integral con una mirada en la realidad económica actual

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Carátula: D.C.O. c/ A.J.F. y L. Compañía gral. de seguros SA p/ daños derivados de accidentes de tránsito.

Tribunal: Segundo Tribunal de Gestión Judicial Asociada. Poder Judicial de Mendoza

Fecha: 10/05/2022

Se trata de un fallo de Primera Instancia en la provincia de Mendoza, primero en presentar un parámetro objetivo para cuantificar la reparación integral compuesta, además, por las actividades económicamente valorables previstas por el arte.1746 del Código Civil y Comercial de la Nación. Toma como criterio para cuantificar estos aspectos un informe del Observatorio para la Igualdad de Género en América Latina producido por la CEPAL (Comisión Económica para América Latina y el Caribe, organismo dependiente de la Organización de las Naciones Unidas). De este modo, transparenta los criterios de cuantificación para posibilitar un ejercicio de derecho de defensa más pleno y amplio para las partes.

En el fallo también se tratan otros conceptos como el principio de congruencia en materia de Derecho de Daños, la consideración de daño estético y psicológico como rubros no independientes sino considerables dentro de la órbita patrimonial o extrapatrimonial, la necesaria  aplicación de la fórmula “Méndez” para la cuantificación de la incapacidad de un abogado en ejercicio liberal de la profesión, la cuantificación del daño moral como satisfacción sustitutiva frente a la situación concreta de la víctima, las facultades de los jueces frente a los límites de cobertura impuestos en la póliza y la función Judicial frente al proceso inflacionario.

Es un fallo que brinda un gran aporte a la jurisprudencia local, con una mirada amplia y comprensiva de la realidad económica actual y de la situación concreta del justiciable.

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