Intimidación pública: sobreseen a estudiante que llamó al 911 y dijo que iban a poner una bomba en el colegio

ícono jurisprudencia

Carátula: P., P. p.s.a. intimidación pública Juzgado Penal Juvenil de 3° Nominación Córdoba.

Tribunal: Juzgado Penal Juvenil de 3° Nominación Córdoba. Poder Judicial de Córdoba.

Fecha: 29/09/2022

El caso se derivó a mediación. Tras el proceso, el joven pidió perdón a las autoridades del colegio y a la Policía de Córdoba. Junto con la Brigada de Explosivos, dictó charlas a sus compañeros.

Tras un proceso de mediación, el Juzgado Penal Juvenil de 3° Nominación sobreseyó totalmente del delito de intimidación pública a un adolescente que llamó al teléfono de emergencias 911 y dijo que había escuchado que iban a poner una bomba en el colegio donde cursaba sus estudios secundarios. Si bien la inspección del lugar por parte de la Brigada de Explosivos arrojó un resultado negativo, la llamada generó alarma en la comunidad educativa y motivó la evacuación completa del establecimiento, con intervención de la Policía de Córdoba.

Una vez identificado el presunto autor del delito, el caso se derivó al Centro Judicial de Mediación. En este proceso participaron el estudiante, que entonces tenía 17 años y cursaba el sexto año de nivel medio; su madre; autoridades de la del colegio; representantes de la Brigada de Explosivos; y las mediadoras. Al finalizar la mediación, el joven manifestó que estaba arrepentido de su accionar y se comprometió a no repetir situaciones similares. Expresó que estaba dispuesto a pedir perdón, tanto al representante de la Brigada de Explosivos como a las autoridades de la institución. Asimismo, junto con la Brigada de Explosivos, el estudiante llevó a cabo como acción reparadora una charla informativa en el colegio, titulada “El delito y sus consecuencias futuras en los adolescentes”.

En la sentencia, la jueza remarcó que la decisión de llevar a un adolescente ante el sistema de justicia “no significa que deba pasar por un proceso judicial formal”. Recordó que el fin primordial del derecho penal juvenil consiste “en responsabilizar al NNA por sus acciones”, de un modo diferenciado al de los adultos. La magistrada consideró que en este caso se han cumplido los objetivos del derecho penal juvenil, en tanto el adolescente se responsabilizó de su conducta. En el proceso aprendió y compartió con sus pares qué es y cuáles son las consecuencias de un delito.

En este caso particular, el bien jurídico protegido por el ilícito de intimidación pública es el orden público. Es decir, se trata de un bien general e inmaterial que no puede comparecer a la mediación. Pero sí participaron los afectados concretos, miembros de la institución educativa y de la brigada de explosivos de la policía de la provincia y finalmente el grupo de pares de la escuela. En definitiva, se logró una solución reparadora y pedagógica con la intervención de distintos actores de la comunidad.

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