Contienda negativa de competencia: la elección del juez competente cuando la compra se realizó por redes sociales

ícono jurisprudencia

Carátula: Calderón Díaz, José Antonio y otros s/ incidente de incompetencia. Competencia CCC 29431/2017/1/CS1

Tribunal: Corte Suprema de Justicia de la Nación

Fecha: 15/03/2022

A raíz de una compra realizada a través de la red social «Facebook», y ante el incumplimiento de la entrega de la mercadería, se suscitó una contienda negativa de competencia entre un juzgado nacional en lo criminal y correccional y un juzgado provincial. El juez nacional declinó su competencia en razón del territorio al considerar que el domicilio de la denunciante era en la provincia de Buenos Aires y que fue allí donde la víctima sufrió el menoscabo a su patrimonio. Por su lado, la justicia provincial rechazó la suya al entender que la disposición patrimonial se había producido en un local de Pago Fácil de la Ciudad de Buenos Aires.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación consideró que correspondía al juzgado provincial continuar con el conocimiento de las actuaciones, ya que fue en territorio bonaerense donde se cobró el dinero enviado y donde residen la denunciante y los imputados. Recordó que, cuando los hechos a investigar han tenido desarrollo en distintas jurisdicciones territoriales, la elección del juez competente debe hacerse de acuerdo con lo que resulte más conveniente desde el punto de vista de una más eficaz investigación y mayor economía procesal.

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