«Accidentes in itinere» publicación de la Secretaría de Jurisprudencia de la CSJN

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Autoría: Secretaría de Jurisprudencia. Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Fecha: 07/2023

La Secretaria de Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación publica el documento «Accidentes in itinere», en Nota de Jurisprudencia, con hipervínculos a la base online.

La ley 15.448, sancionada el 28 de septiembre de 1960, modificó el art. 1° de la entonces vigente ley 9.688 y dispuso que “El empleador será igualmente responsable del accidente cuando el hecho generador ocurra al trabajador en el trayecto entre su lugar de trabajo y su domicilio, o viceversa, siempre que el recorrido no haya sido interrumpido en interés particular del trabajador o por cualquier razón extraña al trabajo”. El Tribunal reconoció la indemnización derivada de los accidentes in itinere luego de la sanción de dicha norma.

Luego de esta breve introducción, en el documento se desarrolla la jurisprudencia previa al reconocimiento de la indemnización derivada de los accidentes in itinere, como así también, el reconocimiento de la indemnización por accidentes in itinere, la indemnización correspondiente y la competencia.

 

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