Carácter Excepcional del Recurso Extraordinario Provincial

ícono jurisprudencia

Carátula: Lezama Gabriel C/ Emprendimientos Creativos S.A. Emprendimiento Creativos S.A. P/ Acción de Nulidad P/ Recurso Extraordinario Provincial

Tribunal: Sala Primera, Suprema Corte de Justicia. Poder Judicial de Mendoza

Fecha: 16/09/2024

El recurso de inconstitucionalidad (actualmente unificado por el dictado de la ley 9.001 con el anterior recurso de casación en el recurso extraordinario provincial) tiene carácter excepcional, y por ello, las causales se interpretan restrictivamente, evitando que la Corte se convierta en una tercera instancia ordinaria, contraviniendo todo el sistema recursivo.

Durante la vigencia del anterior código procesal se abrió paso una jurisprudencia emanada de esta Sala a mérito de la cual el recurso de Inconstitucionalidad (hoy aplicable al recurso extraordinario provincial) procedía cuando el Tribunal rechazaba formalmente un recurso que resultaba procedente. En ese sentido, no corresponde sentar una doctrina judicial de interpretación general, sino analizar si en el caso ha existido violación al derecho de defensa, al negarse un recurso contra una decisión que, de acuerdo con las características del caso, resultaba apelable.

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