DNU 70/2023: Una medida cautelar colectiva suspende los aumentos de la obra social OSDE

Carátula: Morsentti, Fernando Ismael c/ Organización de Servicios Directos Empresarios –OSDE- s/Amparo LEY 16.986”, Expte. Nº 1461/2024

Tribunal: Juzgado Federal 2 de Concepción del Uruguay. Poder Judicial de la Nación.

El Juzgado Federal 2 de Concepción del Uruguay otorgó una medida cautelar a favor de un afiliado a la prepaga OSDE que ordenó dejar sin efecto los aumentos realizados en aplicación del DNU N° 70/2023. Dispuso que los incrementos sean realizados conforme lo que prevea la Autoridad de Aplicación aplicando el artículo 17 (no sustituido) de la ley 26.682 hasta que se dicte una sentencia definitiva.

La medida cautelar extiende los efectos con carácter colectivo a todas las causas de futuros adherentes que se encuentren en las mismas circunstancias con aumentos de cuotas similares por parte de OSDE. Previo al dictado de la cautelar, la jueza admitió que la tramitación del expediente sea como amparo colectivo y ordenó su inscripción en el Registro Público de Procesos Colectivos.

En cuanto a la colectivización del expediente, la jueza dispuso que el colectivo se integre por la totalidad de los afiliados de la empresa OSDE que se encuentren afectados por el DNU N° 70/2023 y que el objeto de la pretensión es a los fines de que se la condene a dejar sin efecto los aumentos realizados por dicha empresa de medicina prepaga, limitándose a efectuar los aumentos autorizados por la autoridad de aplicación en los términos del art. 17 de la ley 26.682, y la declaración de inconstitucionalidad del DNU N° 70/2023.

vinculo al artículo

Fallo completo


Descargar PDF

Descarga el pdf del DNU completo


Encuentra más jurisprudencia en Mendoza Legal–Repositorio.

1 comentario en «DNU 70/2023: Una medida cautelar colectiva suspende los aumentos de la obra social OSDE»

Los comentarios están cerrados.