Determinación de oficio del impuesto a las ganancias: empleo de la mediana y el rango intercuartil

ícono jurisprudencia

Carátula: Bayer Argentina S.A. c/ Dirección General Impositiva s/ recurso directo de organismo externo.

Tribunal: Corte Suprema de Justicia de la Nación. Poder Judicial de la Nación.

Fecha: 12/03/2024

La Cámara confirmó el pronunciamiento del Tribunal Fiscal de la Nación que había revocado la determinación de oficio del impuesto a las ganancias de la actora. Ante el recurso del Fisco la Corte confirmó el pronunciamiento apelado.

Con respecto a los agravios dirigidos a defender la aplicación de la mediana y el rango intercuartil como sustento del ajuste practicado, señaló que no resultaban de aplicación al período fiscal 1999 y que dichas herramientas fueron consagradas recién por una resolución general del año 2001. Agregó que permitir el empleo de estas cuando su utilización no estaba legalmente habilitada, implicaría sustituir al legislador en su tarea, aspecto vedado a los tribunales.

Recordó además el Tribunal que el artículo 86, inciso b, de la ley 11. 683 otorga carácter limitado a la revisión de la Cámara y, en principio, queda excluido de ella el juicio del Tribunal Fiscal respecto de los extremos de hecho y que, si bien no se trata de una regla absoluta y la Cámara debe apartarse de dichas conclusiones cuando éstas presentan deficiencias manifiestas, lo resuelto por la Cámara no excedía el marco de sus facultades ni exhibía una manifiesta arbitrariedad que permitiera descalificarlo como acto jurisdiccional.

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